´Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del ciudadano JOSÉ ANTONIO PARRA GONZÁLEZ, contra el auto de negativa de pruebas dictado por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare en fecha 03/12/2025, con efectos de nulidad sobre el fallo impugnado.
SEGUNDO: Se ordena la REPOSICIÓN de la causa al estado en que el Tribunal A Quo, previa verificación de la existencia física en el expediente del documento privado objeto del reconocimiento en su versión ORIGINAL, proceda a dictar un nuevo auto de admisión de pruebas en el cual:
a) Se ADMITAN los medios probatorios de Cotejo, Exper.....