PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE la presente recusación por falta de fundamento legal aquí propuesta.
SEGUNDO: SE ORDENA la continuación inmediata de la causa principal, ya que la declaratoria de inadmisibilidad no tiene efectos suspensivos sobre misma.
TERCERO: SE EXHORTA a las partes y a sus apoderados a litigar con lealtad y probidad, de conformidad con el artículo 170 del Código de Procedimiento Civil.