En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO.- Se declara CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 02/06/2026 por la Jueza Provisoria Abogada YANETH CAROLINA GARCÍA GONZÁLEZ, por estar incursa en la causal prevista en el Ordinal 18º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO.- Se ORDENA la remisión inmediata del presente Cuaderno Separado de Inhibición al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y .....