Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, presentada por los Profesionales del Derecho ciudadanos: MIGUEL ARMANDO HERNÁNDEZ AGUILERA y ERSLANDY JOSÉ DURAN ÁLVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.: V-7.444.428 y 8.067.022 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.: 65.695 y Nº134.163 correlativamente, contra la ciudadana: RETNA DUMILA PIÑATE FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.723.979.
SEGUNDO: PROCEDENTE la indexación de la suma demandada por los actores por concepto de estimación e intimación de honorarios profesionales judiciales en la cantidad SETE.....