PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 20/04/2026, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE el auto apelado, únicamente en lo relativo a la negativa de admisión de las copias fotostáticas de las dos (2) actas de nacimiento y de la prueba de informe promovida por la parte demandada.
TERCERO: Se ADMITEN las copias fotostáticas de las actas de nacimiento atribuidas a KEIBER EDUARDO QUIÑONES, correspondiente al acta número 2799, de fecha 27/12/1976, cursante al folio 18, y a MARY EULALIA VALDEZ QUIÑONES, correspondiente al acta número 1944, de fecha 10/09/1974, cursante al folio 19, ambas emanadas de la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, y la prueba de informe dirigida a la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio.....