D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación por parte de la abogada EVELIA LA RIVA DE CREMI, con el carácter de Apodera Judicial del ciudadano SABATO ANTONIO PUCILLO RUIZ, con relación al contenido y la firma que suscribe el instrumento privado ); contentivo de una venta pura y simple, perfecta e irrevocable a favor de la ciudadana EMILY KARINA PUCILLO RAMOS, todos los derechos de propiedad dominio y posesión sobre todo los derechos y acciones que tiene y posee sobre el bien inmueble caracterizado de la siguiente manera: UN APARTAMENTO distinguido con el N° A-7-A, situado en el séptimo piso, Oeste – Sur del edificio "A" del Conjunto Parque Residencial El Viñed.....