este Tribunal DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle la cualidad de: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos: HUGO LINO BARRIOS PIÑERO, venezolano, mayor de edad, concubino, medico, de este domicilio, titular de la Cedula de Identidad N° V-8.064.557, GIUSEPPE INTRALIGGI RESTIVO, venezolano, mayor de edad, casado, agricultor, titular de la Cedula de Identidad N° V-11.549.224 y ROSA LETWITZKI DE INTRALIGGI, Alemana, mayor de edad, casada, de oficios del hogar, Titular de la Cédula de Identidad E-173.906, en su carácter de causahabientes de la De Cujus, ciudadana: CARLA VALERIA INTRALIGGI LEWITZKI quien era venezolana, concubina, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad N° V-8.656.086, quien falleció de Ab-Instestato el día: 21 de Enero del año 2.026, en el Hospital Universitario Doctor Armando Delgado Montero de Villa Bruzual del Municipio Turen del Estado Portuguesa, según consta en acta de defunción N° 11, emitida por el Registro Civil de Villa Bruz.....