III
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO total efectuado por el demandado YERFRANGEL JOSE GONZALEZ AREVALO.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la pretensión de los ciudadanos SILVIA ESTHER ROJAS DE MARTINEZ, CARLOS GABRIEL MARTIENEZ ROJAS, y CARLA GABRIEDSY MARTINEZ ROJAS. En consecuencia, y sin prejuzgar sobre algún otro extremo de fondo, ni de forma, se declara JUDICIALMENTE RECONOCIDO en su contenido y firma el documento privado presentado como instrumento fundamental de esta acción, y cursa en original al folio (19) frente y vuelto del presente expediente, el cual se refiere a la cesión de los derechos por parte del demandado, YERFRANGEL JOSE GONZALEZ AREVALO, a los act.....