DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a las ciudadanas MARÍA MAGDALENA AZUAJE, NORELIS DORIS MUÑOZ AZUAJE, MARIA TEODORA MUÑOZ AZUAJE, MARELIA YADINETH MUÑOZ DE GADEA, LISMARA ALEJANDRINA MUÑOZ AZUAJE y WILERMA COROMOTO MUÑOZ DE FUENTES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad números V-7.599.889, V-9.842.523, V-10.140.299, V-13.226.495, V-13.354.861 y V-14.676.579, respectivamente, debidamente asistidas por el abogado YANIS ARAUJO, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.693.131 e inscrito en el Inpreabogado bajo N° 149.116, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública con competencia ampliada, con ocasión a la jornada del Tribunal Supremo de Justicia, TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante WILERMA AZUAJE, quien era venezolana, de 77 años de edad, natural del estado Portuguesa, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.605.209, de profesión u oficio del hogar, quien residía en el Conjunto Residencial Villa Anas.....