´III
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA en todas sus partes la TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada por las partes, y el DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN.
SEGUNDO: SE DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, otorgando a la presente decisión el carácter de SENTENCIA DEFINITIVAMENTE FIRME CON FUERZA DE COSA JUZGADA.
TERCERO: Se da por TERMINADO EL PRESENTE JUICIO y se ordena el archivo del expediente.
CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
QUINTO: Se acuerda la devolución de los documentos acompañados junto con el libelo de demanda, colocándole una nota de la Secretaría al reverso del documento original que riela al folio (3), que sobre ese documento, existió este juicio, el cual.....