DECLARA la presente actuación suficiente para acreditar a los ciudadanos PÉREZ DE CASTILLO INGRIS YOLIMAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.293.264, PÉREZ SOSA JUAN SALOMÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 27.215.381, PÉREZ SOSA LIZBETH CAROLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.752.995, PÉREZ SOSA JUAN CARLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.752.996 y PÉREZ SOSA JUAN ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 28.342.267, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los bienes dejados por el causante PÉREZ HERNÁNDEZ JUAN GREGORIO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.567.699 y ASÍ SE DECIDE Y ESTABLECE.
Devuélvase original de las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa su anotación de todo lo actuado en e.....