DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma de Documento Privado formulada por el ciudadano Andrés García Vásquez, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad número V-11.398.430, domiciliado en el Barrio 19 de Abril, Sector 1, Calle Ezequiel Zamora, Casa S/N, Guanare Estado Portuguesa, asistido por el Abogado Pedro Pablo Duran Castellanos, titular de la cédula de identidad Nº V-11.404.946, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el número 134.162, contra la ciudadana Andreina Del Carmen García Guerra, titular de la cédula de identidad número V-25.159.072, domiciliada en el Barrio 19 de Abri.....