´Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEA la solicitud de aclaratoria presentada en fecha 15/07/2026 por el abogado GEGDIEL JOSÉ CASTELLANOS BURGOS, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SUMINISTRO INTELCOMCA, C.A., respecto del auto dictado por este Tribunal de Alzada en fecha 13/07/2026. Lo anterior, por haber operado el lapso de caducidad establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, al haber sido interpuesta fuera del término perentorio legalmente consagrado.
Regístrese, publíquese y désele cumplimiento a lo ordenado. Désele cuenta y líbrese el oficio de ley respectivo al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecu.....