Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, ciudadano EDWAR OMAR RAMOS CASTEJÓN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.696.241, contra los dos (2) Autos dictados en fecha 27/05/2026, emanados del Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto mediante el cual el tribunal a quo declaró improcedente la adecuación del procedimiento y fijó el emplazamiento ordinario de veinte (20) días de despacho, debiendo encausarse la demanda por el procedimiento breve previsto.....