D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación por parte de los ciudadanos AIDA ROSA COLMENAREZ ARCENIS y DEXITO JOSÉ ARAUJO, venezolanos, mayores de edad, casados, Titulares de las Cédulas de Identidad números V-5.944.754 y V-4.602.092, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio ROBERT QUINTERO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.859.907, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 213.486, con relación al contenido y la firma de un documento donde CEDEN Y TRASPASAN, la plena propiedad y posesión a los ciudadanos YANDERSON JOSÉ ARAUJO COLMENAREZ; YANIS JOSÉ ARAUJO COLMENAREZ y YANKARLO JOSÉ ARAUJO COLMENAREZ, antes identificados, un terreno signado co.....