DISPOSITIVA:
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, incoada por el profesional del derecho ciudadano: HONORIO GONZÁLEZ MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.403.604, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 217.025, contra los ciudadanos: JOSÉ MANUEL GUERRA FERNÁNDEZ y PEDRO MANUEL GUERRA FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros.: V-14.467.600 y V-15.799.899 respectivamente, ambos en su condición de coherederos del ciudadano: MANUEL JOSÉ DE LA COROMOTO GUERRA ZAMBRANO (+), venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº V-3.752.153, el cual.....