DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto en fecha 4 de enero de 2026, por los Abogados JOEL ANTONIO RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo matrícula N° 15.428 y JOEL ANTONIO RIVERO SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo matrícula N° 47.979, en su condición de defensores privados del imputado ARNULFO JOSÉ GAVIRIA ATENCIO, titular de la cédula de identidad Nº V-12.088.801, en la causa penal Nº PP11-P-2026-000024, todo ello en razón de la expresa manifestación del justiciable, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal
Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia, y remítanse el cuaderno de apelación al Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Fun.....