DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de julio de 2026, por los Abogados FERNANDO ANTONIO QUEVEDO LÓPEZ y JULIO CESAR QUEVEDO BARRIOS, inscritos en el Inpreabogado bajo matrículas Nos. 134.257 y 134.075, en su condición de defensores privados de la imputada ALCIMARY DEL CARMEN QUEVEDO BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.526.358, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha 12 de junio de 2026, por el Tribunal de Primera Instancia (Municipal) en Funciones de Control Nº 1, con sede en Guanare, en la causa penal Nº CM1-P-2026-3436, con ocasión a la celebración de la audiencia de imputación; todo ello de conformidad con lo establecido en el literal "b" del artícu.....