´´´´´´´´´Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Regulación de Competencia interpuesta en fecha 23/06/2026 por el abogado GEGDIEL JOSÉ CASTELLANOS BURGOS, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE GRATEROL GUDIÑO y WILMERY GRISETH GAVIDIA ESCALONA en su condición de Gerente General y Gerente General Administrativo de la Sociedad Mercantil SUMINISTROS INTELCOMCA, C.A, ante la inexistencia del presupuesto procesal de un pronunciamiento previo y expreso del Juez de la causa sobre su propia competencia, según lo preceptuado en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se RATIFICA LA COMPETENCIA del Tribunal Primero de Mun.....