En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Con Lugar la apelación formulada por la parte actora en el presente juicio de divorcio, seguido por la ciudadana MARIA VICTORIA PARADA DE CHINCILLA, contra el ciudadano GEOVANNY JOSE CHINCHILLA MEJIA, ambos identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad del Acto Oral de Evacuación de Pruebas de fecha 07-12-2009, y de los actos procesales subsiguientes hasta el presente fallo, exclusive, y la reposición de la causa, al estado que se ordene nuevamente la fijación del Acto Oral de Evacuación de Pruebas y previa la notificación de las partes y de la representación Fiscal del Ministerio Público competente. Así se acuerda.
Queda revocada la decisión int.....