DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR LA OPOSICION interpuesta por la ORGANIZACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL PLÁSTICO, CONDUCTORES ELECTRICOS, SIMILARES, AFINES, INHERENTES Y CONEXOS DEL ESTADO PORTUGUESA (UNSTRAPLASPORT) mediante su apoderado judicial contra la medida cautelar de suspensión temporal de la relación de trabajo de los trabajadores de la línea de producción de cable o planta cable, así como también ordenó a la parte recurrente tomar las medidas necesarias para el resguardo de la planta física con el fin de evitar daños materiales a las maquinas y todos los anexos de la misma, manteniendo desalojadas las referidas áreas hasta ta.....