ÚNICO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS del actor, en la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, y en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento, interpuesto por el Ciudadano: ALFREDO JOSÉ MORENO TOVAR, Abogado Asistente de la parte solicitante el Abogado, OTNIEL LARA ORTEGA, ambos plenamente identificados en autos, y así se decide.
Notifíquese a la parte actora de la presente decisión de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese Copia Certificada de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. En Agua Blanca, al primer (01) días del mes de Febrero del año 2018. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.