QUINTO:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en Funciones de Control N° 2 del Circuito Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara con lugar la solicitud de Sobreseimiento provisional formulado por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, de conformidad con el articulo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, Venezolana, natural de Guanare estado Portuguesa, de 16 años de edad, nacida en fecha 26 de abril de 1993, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 24.537.067, hija de Linda Colina y Omar García, residenciada en la Urbanización Simón Bolívar Calle 4, Sector 01 casa S/N Guanare estado Portuguesa por la presunta comisión del delito de HURTO, en perjuicio: DE LA ESCUELA BASICA NACIONAL ORLANDO GIL CASADIEGO, quedando.....