Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, Declara:
1) CON LUGAR la pretensión Mero Declarativa de Concubinato incoada por el ciudadano Edixon Ramón Jiménez Adames, titular de la cédula N° Nº V-10.058.096, en referencia a la unión estable de concubinato que mantuvo con la ciudadana Noris Yesenia Morillo Lovata, desde el mes de enero de 2006 hasta el día 14/01/2015 fecha en que terminó la relación por el fallecimiento de la ciudadana Noris Yesenia Morillo Lovata.
2) Esta unión concubinaria tiene todos los efectos del matrimonio, como lo son derechos patrimoniales y derechos sucesorales
Se ordena notificar a las partes de la presente decisión, por cuanto, fue publicada fuera del lapso legal, de conformidad con el artículo 251 del Código.....