Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de revisión de medida al acusado ASDRUBAL RAFAEL MORALES PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: 7.304.248, Ingeniero Eléctrico, residenciado en la avenida Alianza entre calles 32 y 33 casa S/N de la de la ciudad de Acarigua, solicitada por su defensor el abogado CESAR FELIPE RIVERO, todo de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.