PRIMERO: DESISTIDO el Recurso Ordinario de Apelación interpuesto por el abogado Freddy Segundo Ozal Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 256.425; en su condición de apoderado judicial de la ciudadana YECENIA DECIA ALVARADO HIDALGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número Nº V-7.394.087 parte demandante-apelante en fecha 30 de Enero del 2024, Folio 132 fte y vto contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal A quo de fecha (16) de Febrero de 2024 cursante del folios 133 al 148 vto.
SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, de fecha (16) de Febrero de 2024 cursante del folios 133 al 138 vto.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada que la parte demandante apelante no concurrió a la Audiencia Oral Publica de Pruebas e Informes y, no hubo litis controvertida en esta Alzada.
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