DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LIBERTAD PLENA al ciudadano JEAN CARLOS CALDERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°19.170.636 y residenciado en la calle 5, carrera 8, casa N°18-35, barrio San Francisco, Municipio Agua Blanca, Estado Portuguesa, por no cumplirse con lo preceptuado en el ordinal 2° del artículo 250 de Código Orgánico Procesal Penal.
Se ordena remitir la presente causa en su oportunidad a la Fiscalía del Ministerio Público respectiva, a los fines de Ley.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Abg. Omar Fleitas Flores
Juez Tercero de Control
La Secretaria
Abg. Mary Isabel Lacruz
.....