Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera
Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano CARLOS GREGORIO GONZÁLEZ, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA.
En el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de estado Portuguesa, con sede en Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, al primero (01) de julio del año dos mil ocho (2008).