DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Julio César Samane Fernández, venezolano, natural de Guanare estado Portuguesa, soltero, nacido el 11-11-1980, de 25 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.569.923 y residenciado en el Barrio San Antonio, calle principal, casa número 29-2, de Guanare estado Portuguesa por la comisión del delito de aprovechamiento de vehículo proveniente del hurto, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.
2) Impone al ciudadano Julio César Samane Fernández, las medidas cautelares sustitutivas de libertad, previstas en los nume.....