Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO MELENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 1.111.044 contra la ALCALDIA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO PAEZ DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: Se condena a la accionada ALCALDIA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO PAEZ DEL ESTADO PORTUGUESA a cancelar al ciudadano JOSE ANTONIO MELENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 1.111.044 la cantidad de ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO BOLÍVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 11.824,32).
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.