DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Declara como FORMALMENTE IMPUTADO con arreglo a las disposiciones contenidas en el artículo 356 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano RAFAEL DE JESÚS OSÍO ALVARADO, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.748.757, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 29 de Septiembre de 1943, de estado civil soltero, de ocupación comerciante, residenciado en la Carrera 7 entre Calles 17 y 18, casa Nº 17-33, frente al Edificio Revenga, Guanare, Estado Portuguesa.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 354 ejusdem, se ordena continuar la presente causa a través del procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos grave.....