Con base en los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO instauró la ciudadana MARIA MARTA ARAQUE SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad Nro 12.823.785, asistida por el abogado RAFAEL DAVID QUERALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 128.735, contra el ciudadano OSCAR ORLANDO ZAMBRANO MORALES, titular de la cédula de identidad Nro. 4.197.749, domiciliado en el Barrio La Romana, callejón B, casa Nro. 03, de Araure, del estado Portuguesa, de conformidad con el artículo 267 ordinal 1º en concordancia con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.