Se Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 280 y último aparte del artículo 373, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de los imputados MIRLA MARUJA QUINTERO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.534.122; y LENNY JOSE GUTIERREZ REGALADO, venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.753.264, plenamente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en los artículos 256, ordinal 3° .