D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Colocación Familiar interpuesta por el ciudadano JOSE DE JESUS FRIAS URQUIOLA, en relación a la niña (identificación omitida por disposición de la Ley) , por las siguientes razones:
PRIMERO: Se demostró suficientemente en autos con el Informe Social que la madre de los niños, ciudadana YENNY DEL VALLE QUEVEDO CHINCHILLA está en el pleno goce y ejercicio de la Patria potestad en relación a sus referidos hijos;
SEGUNDO: La niña (identificación omitida por disposición de la Ley) , tienen derecho a ser cuidados por su madre, contribuyendo de esta manera con el cumplimiento de las obligaciones irrenunciable.....