´Por las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: la PERENCIA DE LA INSTANCIA y en consecuencia, EXTINGUIDO el procedimiento instaurado en la presente causa por la ciudadana ZULEIMA YORKARIS MENDOZA PÉREZ, titular de la cédula de identidad 24.507.578, asistida por los abogados CARLOS ALFREDO COLMENAREZ y OCTAVIO ALIRIO DIAZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros 271.220 y 270.966, respectivamente, contra los ciudadanos YOLAIDA JOSEFINA CAMACARO RODRIGUEZ, YOHELIN CAROLINA VALENZUELA CAMACARO y CARLOS OTILIO VALENZUELA CAMACARO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 8.664.275, 20.644.025 y 21.561.591, respectivamente. ´