DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecido en el artículo 581 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA sustituir la Medida Cautelar de Prisión Preventiva Impuesta al adolescente acusado adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por imputársele la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, establecido en el artículo 5 y 6 en sus numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor; igualmente el delito de ROBO AGRAVADO, establecido en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, ambos delitos cometidos en perjuicio del ciudadano FELIPE RAMON PEREZ ALBUJAS, y el delito de USO DE FACSÍMIL DE ARMA DE FUEGO, establecido en el articulo 114 de la .....