DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos, este TRIBUNAL ACCIDENTAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto por el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
1.- SIN LUGAR la acción por demanda por Indemnización por Derecho a Punto Comercial Derivado de la Acción Arrendaticia Sobre Local Comercial y Acción de Reintegro de Depósito en Garantía, intentada por el ciudadana: LUIS ENRIQUE SILVA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-8.768.922, por intermedio de sus apoderados judiciales: FÉLIX JESÚS MONTES DÁVILA y ORLANDO GIL RODRÍGUEZ DE ABREU, titulares de las cédulas de identidad Nros V-11.165.4140 y V-6.294.978, respectivamente, inscritos en el Inp.....