En consecuencia, esta Alzada concluye que el Tribunal A Quo actuó con plena competencia legal y estricto rigor procesal. Su decisión se basó en la síntesis probatoria, uniendo el consenso científico sobre el Deterioro Cognitivo Habitual con la concatenación de los testimonios sociales que materializaron esa condición.
Al existir esta armonía de pruebas, se verifica la legalidad y el mérito del fallo. Por lo tanto, no se detecta error o vicio alguno que justifique su anulación o revocatoria, ajustándose plenamente la sentencia consultada al mandato de la Ley. Procede, pues, su CONFIRMACIÓN total. Así se decide.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer de la presente Consulta Obligatoria, de conform.....