se declara que el ciudadano JUAN FELIX CALDERON APARICIO, identificado en los autos, esta obligado a suministrarle a sus hijos, adolescente: GRAIMARYS FELIMAR y los niños: FELIX ENRIQUE y CARLOS JOSE CALDERON JIMENEZ, respectivamente, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,°°) quincenales, por concepto de obligación alimentaria; asimismo, deberá cancelar en los meses de JULIO y DICIEMBRE de cada año, una cuota adicional de CIEN MIL BOLINARES (Bs. 100.000,oo) , es decir, que para los referidos meses, le corresponde cancelar la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo)