II
DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) PROCEDENTE el descuento directo de la nómina de trabajo por concepto de Obligación Alimentaria formuladapor la ciudadana MARÍA ANTONIA RODRÍGUEZ, en representación de sus hijas adolescentes, en contra de PASCUAL JOSÉ JIMÉNEZ VALERA.
2) En consecuencia, acuerda que se le retenga por concepto de obligación alimentaria del salario o sueldo que devenga el ciudadano PASCUAL JOSÉ JIMÉNEZ VALERA, la cantidad de Cien Mil Bolívares (Bs. 100.000,oo) mensuales. Por otra parte, deberá suministrar, el doble de dicha cantidad, es decir, Doscientos Mil Bolívares (Bs. 200. 000,oo) en el mes de agosto para los gastos de útiles y uniformes .....