DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA CONFESION FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Yolimar Coromoto Terán Montilla, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 16.209.514, en representación de su hijos xxx y xxx, contra el ciudadano Rafael José Urbina, venezolano, mayor edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 17.829.550, de este domicilio y fija la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00), el 50% de los gastos de septiembre para útiles escolares y uniformes, diciembre para gastos decembrinos, así como el 50% de los gastos de consultas medicas y medicamentos en caso de.....