En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declara Parcialmente Con Lugar la demanda de desalojo y cobro de cánones de arrendamiento, incoada por el ciudadano PEDRO ANTONIO MONTAÑA, contra el ciudadano JOSE ESCALONA, ambos identificados.
En consecuencia se condena al demandado a cancelar al actor a razón de Seiscientos Bolívares (Bs. 600,oo) mensuales, los cánones de arrendamiento, correspondientes a los meses de Mayo, Junio , Julio, Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2009; Enero y Febrero de 2010, que totaliza la suma de Seis Mil Bolívares (Bs. 6.000,oo); y los cánones que se vayan venciendo hasta la fecha de entrega definitiva del identificado inmueble.
Igualmente, se ordena al demandado a hacer la entrega del mencionado inmueble al demandante.....