Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de divorcio propuesta por la ciudadana BAUDILIA MEJIAS GUDIÑO, contra el ciudadano PASTOR MANUEL GAMEZ, ambos identificados en autos, fundamentada en la causal segunda del Artículo número 185 del Código Civil. En consecuencia, conforme al Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante la Prefectura Civil del Municipio Leonardo Infante, Valle de la Pascua, estado Guarico, en fecha en fecha 12 de diciembre del 1986, tal como consta en el Acta Nº 353.
La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza del niño *************, será ejercida por el padre y la madre; y la Custodia la tendrá la madre ciudadana .....