Hoy, 02 de abril de 2007, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, en la presente causa, el ciudadano Alguacil anunció el inicio del acto en la Sala de Espera de este Circuito Judicial, haciendo constar así, este Tribunal, que se encuentran presentes los abogados José Adrian Vásquez Riera y Maira Alejandra Colmenárez Castillo, apoderados judiciales de la parte demandada Vigilancia Privada C.A. Viprica, así mismo se hace constar que no compareció la parte demandante, ciudadano Aureliano Evaristo Mena, a la hora señalada para la celebración del acto, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Como consecuencia de lo anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y.....