Por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: RUDDI YANICER RIVERO CASTAÑEDA, ya identificada, el derecho de propiedad y posesión sobre un área de recreación familiar, quedando a salvo los derechos de terceros. Se hace constar que presentaron: Certificado de empadronamiento de terreno ejido municipal emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Turén, estado Portuguesa, Cédula Catastral y Plano de mensura, emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Turén, estado Portuguesa, Certificado de Solvencia.....