DECISIÓN
Visto el convenimiento efectuado por la ciudadana GLADYS MIREYA BRICEÑO CAMACHO, venezolana mayor de edad, titular de la cedula identidad N° V- 4.925.022, asistido por el ciudadano: OSCAR AVILIO MEZA GONZALEZ, venezolano mayor de edad, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 97.388 parte demandada en la presente causa, por cuanto se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y que lo convenido ha sido en forma autentica, sin términos ni condiciones, ni modalidades y que son derechos disponibles de las partes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO PÁEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACION al convenimiento suscrito por las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y .....