´D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación por parte de la ciudadana CORTEZA COROMOTO RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-4.605.552, asistida por el abogado en ejercicio, JONATHAN GERARDO CARRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.055, con relación al contenido y la firma que suscribe el instrumento privado contentivo de una Cesión y Traspaso a favor del ciudadano JOSÉ DE JESÚS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, un inmueble propiedad de la ciudadana CORTEZA COROMOTO RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ, antes identificados, la venta de una vivienda sobre un lote de terreno privado, ubicado en la Av. 27, entre calle 6 y 7, casa Nº 6 de la ciudad de Arau.....