Decisión:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 2, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, plenamente identificados en autos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y se ordena la notificación de la víctima y una vez que conste en autos, dejar transcurrir el lapso legal y remitir la causa a archivo judicial
En la ciudad de Guanare, a los 02 días del mes de Junio del año Dos Mil Once.
LA JUEZ DE CONTROL N° 2,
ABG. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA
LA SECRETARIA,
ABG. HILDA ROSA RODRÍGUEZ ORTEGA.