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DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación propuesta en fecha 03 de febrero de 2025, por la abogada AURA MERCEDES PIERUZZINI, apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto de fecha 24 de enero de 2025, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción del estado Portuguesa.
SEGUNDO: REVOCA EL AUTO del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción del estado Portuguesa, que declaró inadmisible la recusación por extemporánea, por consiguiente, se declara PROCEDENTE la recusación propuesta contra el Juez JOSE GREGORIO CARRERO, se ordena su inm.....