DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA LA ADMISIÓN de la solicitud de Inspección Extrajudicial solicitada por la ciudadana MIRELLA FALCONE DONAIRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Numero 9.259.702 y de este domicilio. y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio BETTI MARITZA GARCIA, inpreabogado Nº 250.913 Así se decide.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto Ordinario Municipio y Ejecutor de Medidas del Municipio del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Guanare, a los dos (02) días del mes de Julio del año dos mil diecinueve (02-07-2019) Años: 208º y.....